Micelio
Auto19 de noviembre de 1999

A- de 1999

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Jorge Tiberio Moreno

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez De Tutela
  • Decisión de fondo
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado a partir del auto admisorio de la presente tutela, por configurarse la causal tercera del Art. 140 del Código de Procedimiento Civil.

Esta Corte explicó que ningún juez ante el cual se intente la acción de tutela puede abstenerse de resolver de fondo sobre el asunto planteado.

Esto es, debe conceder o negar la tutela, motivando debidamente su determinación.

De no hacerlo, viola el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia y deja desprotegido al peticionario, desconociendo así el artículo 86 de la Carta.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca para que proceda a resolver de fondo sobre el objeto de la tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declarar la NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto admisorio de la presente tutela, por configurarse la causal tercera del artículo 140 del Código de Procedimiento Civil.
  2. Segundo. ORDENAR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca que proceda a resolver de fondo sobre el objeto de la tutela.
  3. Tercero. Por Secretaria General, remitir el expediente a dicha Corporación para el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior.
  4. Cuarto. Surtida la anterior, actuación, y agotado el trámite de la acción de tutela, remitir el expediente a esta Corporación, para su eventual revisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.